ARRANCÓ EL NUEVO PROGRAMA DE BIDEN PARA MANTENER A LAS FAMILIAS UNIDAS, EL PAROL PARA ESPOSOS E HIJASTRO DE CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES

Publicado originalmente en El Vocero Hispano el
23/8/2024

Hay una demanda legal en curso que afecta este programa. Puede leer el artículo del 30 de agosto para más información y puede visitar el sitio web del USCIS para la información más actualizada.

Por fin el lunes 19 de agosto inicio el tiempo para aplicar por el nuevo programa del presidente Biden a través del cual los cónyuges que han permanecido en los Estados Unidos por lo menos 10 años desde el 17 de junio del 2014 e hijastros que han permanecido desde el 17 junio del 2024, de ciudadanos estadounidense, podrán obtener un parol (permiso especial) y después poder aplicar por la residencia permanente (green card).

El pasado 20 de agosto el gobierno anunció y publicó en el Registro Nacional Federal los requisitos del programa, a continuación menciono algunos:

Primero solamente se puede aplicar en línea, no se pueden enviar aplicaciones físicas por correo regular.

El costo de la aplicación, la tarifa del gobierno es $580.00 y son aplicaciones individuales o sea que el cónyuge e hijastro de un ciudadano estadounidense deben enviar aplicaciones por separado. En este proceso no existe un dispensa de la cuota para personas de bajos ingresos como en otras aplicaciones.

El formulario a enviar para este programa es el I-131F el cual se debe completar y enviar junto con los documentos que prueben su elegibilidad (ser cónyuge o hijastro de un ciudadano) y en el caso de los cónyuges documentos que comprueben su presencia por lo menos 10 años en los Estados Unidos antes del 17 de junio 2024 y en el caso de los hijastros debieron ser menores de 18 años al momento del matrimonio de su padre o madre con el ciudadano estadounidense y ser menores de 21 años al 17 de junio  del 2024.

Solamente es para las personas que entraron sin un permiso o parole, las personas que entraron con algún tipo de parole o permiso como una tarjeta local, no califican, pero si están casados con un ciudadano estadounidense también pueden ajustar su estatus y no necesitan de este programa.

CUIDADO SI HAN TENIDO CASOS CRIMINALES 

Hay una lista de casos criminales que pueden afectar su elegibilidad para el programa: Personas que han sido condenadas por cualquier clase de felonía, o cargo criminal con la posibilidad de una condena de encarcelamiento de un año o más, aunque no hayan recibido esa sentencia. 

Tampoco son elegibles personas que han sido castigadas o condenadas por delitos que tienen que ver con posesión de armas de fuego o de sustancias controladas, con excepción de posesión de marihuana de menos de 30 gramos.

Los condenados por casos de violencia doméstica son también inelegibles para el programa.

Solicitantes que han sido condenados por otra clase de delitos como manejar en estado de ebriedad o bajo la influencia de alcohol pueden tener problemas pero podrán enviar documentos específicos para demostrar que ameritan estar en el programa.

También puede incluir casos de hurto o peleas que no sean felonías o violencia doméstica.

También se debe dar una explicación del por qué se merecen el parol, aunque no necesitan enviar pruebas sobre eso.

Al parecer las personas que apliquen por este programa no tendrán que asistir a una entrevista por lo que es importante que envíen todos los documentos, pruebas que cubran los últimos 10 años, de una sola vez. 

Algunos de los documentos que pueden enviar como evidencia son los siguientes: 

Impuestos 1040 o W-2, pruebas de trabajo e ingresos, de bancos o instituciones financieras, aseguradoras, recibos de envío de dinero, récords médicos o de escuela, recibo de servicios públicos, tarjetas de crédito , teléfono celulares, rentas o bienes raíces, de carros entre otros. Los documentos deben tener el nombre completo de la persona, una fecha y ser de Estados Unidos, traten de conseguir documentos que cubran todos los años desde junio del 2014 hasta el presente.

Después de recibir la aprobación del parol, podrán aplicar por la residencia legal permanente (tarjeta verde). También las personas que están en el programa del I-601A perdon deben aplicar por que a través de este nuevo programa no tendrán que salir de los Estados Unidos y no serán afectados.

También deben tener mucho cuidado, es mejor ir con abogados de inmigración o si van a una agencias que sea aprobada por la mesa directiva de inmigración, sabemos que hay muchas personas como notarios públicos, que no son abogados y no están aprobados para cobrar por servicios de inmigración, que están ofreciendo sus servicios.

Si tiene alguna pregunta o cree que califica para el programa puede llamar a mi oficina para hacer una cita lo más pronto posible. Para más información pueden llamar a nuestra oficina al 616-235-4577. 

¡Si  se puede!