NUEVAMENTE QUIERO ADVERTIRLES QUE EL PLAN EJECUTIVO DE BIDEN AÚN NO ESTÁ VIGENTE

Publicado originalmente en El Vocero Hispano el
28/6/2024

Quiero recordarles que el nuevo programa anunciado por el presidente Biden la semana pasada para conceder un parol especial con camino a la residencia legal permanente a los cónyuges de ciudadanos estadounidenses que tienen por lo menos 10 años residiendo en los Estados Unidos, todavía no es ley.

Estamos a la espera de que establezcan las reglas sobre cómo funcionará el programa, cuánto será el costo, qué clase de aplicación será necesaria y también lamentablemente a la espera de que algunos estados republicanos presenten demandas desafiando el programa, aunque esperamos que estas demandas no sean exitosas. Por el momento las personas interesadas pueden comenzar a reunir documentos en los que conste su presencia en los Estados Unidos por lo menos durante 10 años de forma ininterrumpida, también que se encuentran casados(as) con un ciudadano(a), si no cumplen con estos requisitos no serán elegible para este programa.

En el caso de que una persona tenga 9 años y nueve meses residiendo en los Estados Unidos, no puede solo esperar a cumplir los 10 años porque el programa establece que debe tener 10 años al 17 de junio de este año, fecha en que se anunció, tampoco sabemos si algunos problemas criminales como conducir en estado de ebriedad entre otros afectará su elegibilidad para este programa, también las personas que están en proceso de solicitar un perdón como el I-601A para obtener su residencia desde afuera de los Estados Unidos podrían ser elegibles para aplicar bajo este programa y no tengan que salir del país y puede ser un gran beneficio.

El estatus que se llama "parole in place" da la oportunidad a las personas que califican de obtener la residencia legal dentro de los Estados Unidos sin tener que salir. Deben mantenerse informados a través de este periódico y otros medios, también pueden llamar a mi oficina para saber cuando el programa entre en vigencia.

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA FALLA EN CONTRA DE INMIGRANTE QUE LE NEGARON LA RESIDENCIA EN LA ENTREVISTA CONSULAR

La semana pasada la Corte Suprema de Justicia en una votación de 6 contra 3 falló en contra de un inmigrante salvadoreño que solicitó la residencia legal permanente por medio de su esposa ciudadana estadounidense y le fue negada al momento de la entrevista en el consulado de Estados Unidos en El Salvador.

Los jueces lamentablemente decidieron que la esposa del salvadoreño que es ciudadana estadounidense no tiene derecho de patrocinar y traer a su esposo como residente legal permanente, aunque están casados, y que las personas cuyas solicitudes son rechazadas en el consulado no tiene derecho a apelar la decisión del consulado. En este  caso en particular el consulado de Estados Unidos en San Salvador negó la solicitud por que el inmigrante salvadoreño tiene tatuajes y según ellos puede ser una persona peligrosa miembro de una pandilla criminal, además les negaron la oportunidad de presentar evidencias para demostrar que los tatuajes no tienen nada que ver con ser miembro de una pandilla criminal u cualquier otra situación negativa, aunque pudo comprobar que carecía de antecedentes penales.

Lamentablemente esto significa que el hecho de que una persona sea ciudadana estadounidense, no le da derecho a  traer a su esposo(a) a los Estados Unidos y que según la mayoría de los jueces que fallaron en contra del inmigrante esto es considerado como un favor y no un derecho. La corte suprema en la decisión manifestó que las determinaciones de los consulados no son apelables volviendo las decisiones, aun arbitrarias, definitivas aunque perjudiquen a ciudadanos estadounidenses que después de esperar años para obtener la entrevista en el consulado un burócrata les puede echar a perder todo.